
A. Adhesión a la Convención de 1988
B. Presentación de informes a al Junta con arreglo a lo dispuesto en el artículo 12 de la Convención de 1988
C. Legislación y medidas de fiscalización
D. Presentación de datos sobre comercio lícito y sobre usos y necesidades legítimos de precursores
E. Necesidades legítimas anuales de importación de precursores de estimulants de tipo anfetamínico
F. Fiscalización del comercio internacional
G. Actividades y logros en el marco del Proyecto Prisma y el Proyecto Cohesión
H. Sistema de comunicación de incidentes relacionados con precursores
A. Sustancias utilizadas para la fabricación ilícita de estimulantes de tipo anfetamínico
B. Sustancias utilizadas para la fabricación ilícita de cocaína
C. Sustancias utilizadas para la fabricación ilícita de heroína
D. Sustancias utilizadas en la fabricación ilícita de otros estupefacientes y sustancias sicotrópicas
E. Sustancias no incluidas en los cuadros
A. La falta de una aplicación integral de las disposiciones de la Convención de 1988 y las resoluciones conexas en el plano nacional
B. Medidas de fiscalización internacional
C. Precursores y otras sustancias emergentes no incluidos en los cuadros utilizados para la fabricación ilícita de drogas
D. El papel de Internet: la venta no reglamentada de precursores
E. Conclusión