
A. Alcance de la fiscalización
B. Adhesión a la Convención de 1988
C. Presentación de informes a la Junta con arreglo a lo dispuesto en el artículo 12 de la Convención de 1988
D. Legislación y medidas de fiscalización
E. Presentación de datos sobre comercio lícito y sobre usos y necesidades legítimos de precursores
F. Necesidades legítimas anuales de importación de precursores de estimulantes de tipo anfetamínico
G. Notificaciones previas a la exportación y utilización del Sistema Electrónico de Intercambio de Notificaciones Previas a la Exportación
H. Otras actividades y logros relativos a la fiscalización internacional de precursores
A. Sustancias utilizadas en la fabricación ilícita de estimulantes de tipo anfetamínco
B. Sustancias utilizadas en la fabricación ilícita de cocaína
C. Sustancias utilizadas en la fabricación ilícita de heroína
D. Sustancias utilizadas en la fabricación ilícita de otros estupefacientes y sustancias sicotrópicas
E. Disolventes y ácidos utilizados en la fabricación ilícita de diversos estupefacientes y sustancias sicotrópicas
F. Sustancias no incluidas en los Cuadros I o II de la Convención de 1988 que se utilizan en la fabricación ilícita de otros estupefacientes y sustancias sicotrópicas, precursores sometidos a fiscalización internacional o sustancias objeto de uso indebido no sometidas a fiscalización internacional
(Anexo V) Para obtener las últimas actualizaciones, visite el siguiente enlace: https://www.incb.org/incb/en/precursors/alrs.html