E/INCB/2014/4

PUBLICACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS
Sales No. S.15.XI.4
ISBN: 978-92-1-348160-8
eISBN: 978-92-1-057175-3

 

(1.7 MB)

Precursores y sustancias químicas frecuentemente utilizados para la fabricación ilícita de estupefacientes y sustancias sicotrópicas

Informe de la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes correspondiente a 2014 sobre la aplicación del artículo 12 de la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988

Prólogo

Prefacio

Índice

Notas explicativas

Resumen

Capítulos

  1. Introducción
  2. Preparación de la fiscalización de precursores para 2019 y años posteriores (contribución al preríodo extraordinario de sesiones de la Asamblea General que se celebrará en 2016)
    1. De 1988 a 1988: los diez primeros años y el período extraordinario de sesiones de la Asamblea General dedicado a las iniciativas internacionales de lucha contra el uso indebido y el tráfico de drogas
    2. Situación en 2009
    3. La situación en 2014
    4. Posibles soluciones
  3. Medidas adoptadas por los gobiernos y la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes
    1. Alcance de la fiscalización
    2. Adhesión a la Convención de 1988
    3. Presentación de informes a la Junta con arreglo a lo dispuesto en el artículo 12 de la Convención de 1988
    4. Legislación y medidas de fiscalización
    5. Presentación de datos sobre comercio lícito y sobre usos y necesidades legítimos de precursores.
    6. Necesidades legítimas anuales de importación de precursores de estimulantes de tipo anfetamínico
    7. Control sobre el comercio internacional
    8. Actividades y logros en el marco de la fiscalización internacional de precursores
    9. Sistema de Comunicación de Incidentes relacionados con Precursores
  4. Alcance del comercio lícito y tendencias más recientes del tráfico de precursores
    1. Sustancias utilizadas para la fabricación ilícita de estimulantes de tipo anfetamínico
    2. Sustancias utilizadas en la fabricación ilícita de cocaína
    3. Sustancias utilizadas en la fabricación ilícita de heroína
    4. Sustancias utilizadas en la fabricación ilícita de otros estupefacientes y sustancias sicotrópicas
    5. Sustancias utilizadas para la fabricación de sustancias objeto de uso indebido no incluidas en los Cuadros
  5. Conclusiones

Glosario

Anexos

  1. Estados partes y Estados no partes en la Convención de 1988, por regiones, al 1 de noviembre de 2014
  2. Necesidades legítimas anuales de efedrina, seudoefedrina, 3,4 metilendioxifenil-2-propanona y 1-fenil-2-propanona, sustancias frecuentemente utilizadas para la fabricación de estimulantes de tipo anfetamínico
  3. Sustancias que figuran en los Cuadros I y II de la Convención de 1988
  4. Utilización de sustancias incluidas en los cuadros para la fabricación ilícita de estupefacientes y sustancias sicotrópicas
  5. Disposiciones de los tratados relativas a la fiscalización de sustancias frecuentemente utilizadas para la fabricación ilícita de estupefacientes y sustancias sicotrópicas
  6. Agrupaciones regionales
  7. Información presentada por los gobiernos en cumplimiento del artículo 12 de la Convención de 1988 (formulario D) en el período comprendido entre 2009 y 2013
  8. Incautaciones de sustancias del Cuadro I y el Cuadro II de la Convención de 1988 comunicadas a la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes, 2009 a 2013 ( Incautaciones de las sustancias en las Tablas I y II para los últimos años)
  9. Información proporcionada por los gobiernos sobre el comercio lícito y los usos y necesidades legítimos de sustancias de los Cuadros I y II de la Convención de 1988 con respecto a los años 2009 a 2013 
  10. Gobiernos que han solicitado notificaciones previas a la exportación de conformidad con el artículo 12, párrafo 10 a) de la Convención de 1988. (para obtener las últimas actualizaciones, sírvase visitar el siguiente vínculo: http://www.incb.org/incb/es/precursors/precursors/annex_x.html)
  11. Usos lícitos de las sustancias de los Cuadros I y II de la Convención de 1988

 

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